Ley 2015 de 2020
Historia Clínica Electrónica Interoperable (IHCE)
Expedida el 31 de enero de 2020 por el Congreso de Colombia. Crea el marco jurídico para el intercambio seguro e interoperable de datos clínicos entre todos los prestadores del sistema de salud colombiano.
Texto completo — Gestor Normativo · Función PúblicaArtículos clave de la ley
Objeto
Regular la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE) para el intercambio de datos clínicos relevantes a lo largo del curso de vida de cada persona.
Interoperabilidad — Definición legal
Capacidad de varios sistemas para intercambiar información, entenderla y utilizarla, garantizando coherencia, calidad y continuidad asistencial desde cualquier punto de la red.
Titularidad del paciente
Cada persona es titular de su Historia Clínica Electrónica. Solo ella puede autorizar el acceso a terceros, salvo excepciones legales expresas.
Gratuidad
Todo paciente tiene derecho a recibir su historia clínica por medios electrónicos de forma gratuita, completa y ágil por parte de los prestadores.
Prohibición de divulgación
Está prohibida la divulgación de datos de la historia clínica sin autorización expresa. Su incumplimiento constituye falta gravísima para profesionales de salud y servidores públicos.
Seguridad digital
Los actores que traten información deben contar con un plan de seguridad y privacidad, evaluar riesgos periódicamente e implementar estándares del MinTIC. Incluye Ley 1581/2012 (Hábeas Data) y Ley 527/1999.
Cómo cumple Vacun.org con la Ley 2015
Cada función de nuestra plataforma está diseñada respetando los principios establecidos por el legislador colombiano.
Titularidad efectiva
El usuario es el único dueño de sus certificados de vacunación. Puede exportarlos, compartirlos o eliminarlos en cualquier momento desde su panel.
Acceso gratuito a registros
Vacun.org nunca cobra por visualizar, descargar o compartir el certificado digital de vacunación. El acceso básico es permanentemente gratuito.
Sin divulgación sin consentimiento
Ningún dato de vacunación es compartido con terceros, entidades gubernamentales, EPS o aseguradoras sin autorización explícita del titular.
Plan de seguridad digital activo
Evaluaciones de riesgo periódicas, cifrado en reposo y en tránsito, gestión de incidentes y auditorías de acceso alineadas con los lineamientos MinTIC.
Plazo de implementación nacional: La Ley 2015 establece un plazo máximo de 5 años desde su vigencia (enero 2020) para la implementación completa de la IHCE. La Resolución 1888 de 2025 es el instrumento operativo que concreta esa obligación para todos los prestadores. Ver Resolución 1888 →